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San Salvador, 14 de octubre de 2004. Señores y Señoras Diputados(as)
Estimados Señores y Señoras: Reciban de parte de las personas e instituciones sociales que integramos la Red Ciudadana frente a los Transgénicos en El Salvador, un cordial y ambientalista saludo, esperando que al recibir esta Pieza de Correspondencia, se encuentren desarrollando de forma exitosa sus labores públicas. En consecuencia con el derecho ciudadano, el Derecho a Petición, consagrado en el Artículo 18 de la Constitución de la República, por medio de esta Pieza de Correspondencia, presentamos ante este honorable pleno nuestra PROPUESTA DE ANTE PROYECTO DE LEY DE BIOSEGURIDAD DE ORGANISMOS GENÉTICAMENTE MODIFICADOS, que aparece en documento anexo y que forma parte de esta Pieza de Correspondencia, para que se le de el curso legal correspondiente. Es decir, que se inicie el proceso legislativo de formación de Ley. Como ustedes saben, El Salvador firmó el Convenio sobre la Diversidad Biológica (Cumbre de la Tierra, Río de Janeiro de 1992) en junio del 1992, lo ratificó el 8 de septiembre de 1994 y fue publicado en el diario oficial el 19 de mayo 1994. Además, nuestro país es Parte del Protocolo de Cartagena sobre Seguridad de la Biotecnología del Convenio sobre la Diversidad Biológica (Montreal, Canadá, enero de 2000). Este Protocolo que nuestro país firmó y ratificó, entró en vigencia el 11 de septiembre de 2003. Una de las primeras disposiciones del Protocolo (artículo 2), establece que las Partes deben tomar las medidas legislativas necesarias y eficaces para cumplir las obligaciones contraídas en el mismo. En la Red Ciudadana frente a los Transgénicos en El Salvador, consideramos que en nuestro país existen grandes vacíos sobre la interacción entre los Organismos Genéticamente Modificados (transgénicos) que pueden afectar a la salud, el medio ambiente, la agricultura y la economía; y que es indispensable que se adopten y se apliquen medidas y procedimientos a fin de impedir o minimizar con seguridad los riesgos o impactos negativos de estas nuevas tecnologías. Tal como reza nuestra propuesta, el objetivo del anteproyecto de ley es establecer mecanismos de control en materia de bioseguridad para la protección de la vida, la salud humana, el medio ambiente, la biodiversidad y la agricultura mediante la regulación de las actividades de investigación, experimentación, introducción, liberación, movilización o transporte, producción, manipulación, comercialización y/o distribución, utilización y almacenamiento de Organismos Genéticamente Modificados (Transgénicos) El ante- proyecto que hoy entregamos, esta acorde con las normativas nacionales que se discuten en el ámbito internacional, y esta enmarcado en el Principio de Precaución, que es predominante en todo caso de presunción de riesgos o efectos no deseados por el uso de organismos genéticamente modificados; tiene un enfoque preventivo para minimizar los riesgos que se puedan ocasionar con la producción, uso, manejo, movilización, almacenamiento, comercialización y disposición final de los OGM. Los riesgos también deben evaluarse dependiendo de las condiciones sociales, geográficas, climáticas, ambientales, culturales entre otros. Señores Diputados, Señoras Diputadas: Por estas razones, respetuosamente solicitamos a esta Honorable Asamblea:
Teléfonos: (503) 260-1447; 260-1465 y 260-1480. Fax: 260-1675 y 2573184 y al correo electrónico redtransgenica@hotmail.com Quedamos a la espera de su convocatoria. Atentamente; Organizaciones Miembras de la Red Ciudadana frente a los Transgénicos en El Salvador
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